martes, 29 de abril de 2008

TRIBUS URBANAS

¿Qué son las tribus urbanas?
Son pandillas o grupos principalmente de jóvenes que se reúnen en torno a modas, intereses, filosofías y lugares comunes. Por lo general, cada una de estas denominadas “tribus” tienen sus música y vestimenta que las caracteriza. Cada una de ellas defiende sus ideales, y objetivos, y a veces hasta se presentan altamente territoriales.Se logra detectar que el denominador común en estas tribus es la rebeldía y la marginación social. Los integrantes de estas pandillas sostiene una actitud de rebeldía (con violencia o no) hacia la sociedad, a la que ellos describen como hipócrita y sin sentido.Se rebela a todo lo establecido y aborrecen regirse por normas y tradiciones. Si la sociedad aprueba a los hombres que llevan pelo corto y bien peinado, ellos defienden el uso del pelo largo y desordenado. Si la sociedad aprueba un maquillaje coherente y matizado en la mujer, ellos defienden los rostros fuertemente contrastados o deslavados.

En este breve estudio describiremos las tribus urbanas mas conocidas y que están en plena vigencia en nuestra sociedad. Estas son:1. Los Góticos2. Los Punk3. Los SkinHead / Neonazis4. Los raperos5. Los Hip Hoperos


1. LOS GOTICOS
La palabra gótico deriva de la palabra GODOS o VISIGODOS, pueblos de origen Germánico que ocuparon parte de Europa. En el período de la edad media (siglo XV) el término GOTICO relacionó a toda una cultura y arte en sus diversas expresiones; Literatura, pintura, arquitectura, etc. La arquitectura se caracterizaba por sus grandes construcciones y sus puertas, ventanas y columnas en forma de flechas que apuntaban hacia el cielo.La literatura reflejaba su inclinación por lo místico, lo espiritual y lo metafísico. La música estaba compuesta por sonidos melancólicos, como cantos gregorianos, coros, etc.,La época gótica es una época de ensueños, de perspectivas del espíritu, de contrastes, de garantías sobre la muerte: "se nace para saber morir y la vida viene a ser como el reverso de la eternidad". Una edad materialista y divina donde se dan los más desenfrenados goces terrenales junto a las más puras aspiraciones del corazón. El Gótico se desarrolla entre los siglos XII y XV en el marco de la baja Edad Media. Nace al norte de Francia en torno a París, aproximadamente en la segunda mitad del siglo XII, como una evolución y renovación del románico. Se difunde rápidamente por toda Europa (Inglaterra, Alemania, Italia, España y Francia, entre otros).El primer movimiento gótico frecuentaba el club "The Batcave", (1981) ubicado en un sótano de Londres. Tres años después, llegó a Estados Unidos como el Deathrock, que tomó en California una forma más punk que el gótico inglés.El Gotico fue la tendencia que surgió luego de un decadente movimiento PUNK en la década del 80.Los góticos intentan expresarse a través del color negro del luto y la muerte, y no tiene una parte bella. Adoran y practican cualquier forma de arte y se identifican con los sentimientos que expresan las canciones de sus ídolos. La mayoría de estos "nuevos Góticos" tuvo una infancia solitaria o de rechazos. Conocer su historia puede ayudar a comprender el por qué de esa vestimenta que tanto llama la atención y saber que hay detrás de esas máscaras pálidas.Aunque mucho góticos niegan esta realidad, los seguidores de esta tendencia estan fuertemente ligados a prácticas ocultistas.Muchos de los rituales de iniciación tienen que ver con la asistencia a cementerios, pactos de sangre, vampirismo y hasta necrofilia.En Chile existen organizaciones de góticos y para góticos. Ellas están fuertemente ligadas con costumbres tales como, el vampirismo, los tatuajes y las perforaciones (Piercing).Muchos de los jóvenes que se adhieren a estas tendencias, caen en estados de profunda depresión y desapego a la vida, terminando algunos, por suicidarse.




2. LOS PUNK
El movimiento punk nace en la década del 70 en Londres, Inglaterra. La Palabra PUNK significa algo así como “Basura, mocoso o inservible” apelativos que adoptaron los seguidores de esta tendencia, como un llamado de atención a una sociedad fría y desinteresada en una juventud sin mayores perspectivas.La banda Sex Pistols , daba vida al movimiento, pregonando una mística idea en la que creer: su rechazo genuino al mundo de los grandes, su desvergüenza para decir ¨fuck!¨ y escupir sobre cuanto les pareciera una hipocresía del sistema.


3. LOS SKINHEAD / NEONAZIS
La palabra deriva de la raíz inglesa SKIN: Afeitar, Rapar y HEAD: Cabeza. Su origen se remonta a los años 60 en Inglaterra, cuando bandas urbanas compuestas principalmente por jóvenes obreros, adoptaron la costumbre de rapar su cabeza, usar botas y cadenas en sus vestimentas casi militares, apoyando el racismo y la xenofobia. Elevan la mentalidad neo nazi, reviven los sueños de Hitler, manifestando un odio hacia los judíos y a cualquier minoría étnica.





4. LOS RAPEROS
La palabra Rap dEriva del inglés y significa “criticar.”El Rap es un estilo y cultura urbana que nació en la década del 70 en Jamaica y que a través de inmigrantes caribeños, ingresó a los Estados Unidos.El Rap no es otra cosa que la expresión de desencanto y de criticas sociales, a través de una particular música, vestimenta y los conocidos “graffitisLos raperos son amisgos del clásico y obseno garabato estadounidense: “¡ FUCK!”A veces vemos a niños haciendo este vulgar gesto que no vale la pena traducirlo....Los raperos justifican el uso de drogas, alcohol y sexo sin límites, culpando a la sociedad como justificación





5. LOS HIP HOPEROS
La expresión “HIP HOP” significa “salto de cadera” que es los que caracteriza un particular sentido rítmico de las personas que lo exponen.Tiene su origen en las pandillas de Nueva York cuando en la década del 70 organizaban las “Block Parties”. Sus expresiones de crítica social son muy similares a las del Rap.


En el Rap y en el Hip Hop, se acostumbra a hacer símbolos con las manos . Igualmente en el rock y en otras tendencias musicales.......¿Será solo coincidencia, marketing, o será realmente una influencia sobrenatural que esta gobernando a la juventud actual?La Biblia dice: “...para que Satanás no gane ventaja alguna sobre nosotros; pues no ignoramos sus maquinaciones”. 2ª Corintios 2:11. No debemos ignorar la gran influencia satánica que estas tendencias tienen.¿Será legítimo traer estas costumbres e introducirlas dentro de la iglesia de Cristo?SINCRETISMO RELIGIOSO: ¿La Panacea evangelística para el mundo actual?El sincretismo es la acción de tomar dos posturas diametralmente opuestas y compatibilizarlas para un objetivo determinado.La cristiandad actual ha erigido la bandera del sincretismo, tomando modas y/o costumbres abiertamente contrarias a la fe, tratando de cristianizarlas con un objetivo de expansión del evangelio. Hoy se habla de Rock cristiano, Hip-Hop cristiano, Rap cristiano, etc, etc. Pero como bien sabemos, bajo esta premisa humana y no divina, se ha logrado totalmente lo contrario, porque en lugar de cristianizar al mundo, se ha mundanalizado la iglesia.

jueves, 24 de abril de 2008

NARRACIONES DIGITALES ORGANIZATIVAS

Considero que este medio audiovisual es muy efectivo en todos los aspectos de la vida, pero especialmente en la educación. Creo que nadie puede dudar que los alumnos aprenden de forma mucho más eficaz y amena cuando un tema o cualquier c0osa que se les quiera explicar, es a través de un vídeo, además, por otro lado, en la mayoría de los casos, dicha información que el vídeo les otorga, quedará registrada en su memoria durante mucho más tiempo que un explicación que el profesor le de o algo que el alumno estudie a través del libro.



Creo que casi todo el mundo ha estudiado alguna vez empleando este tipo de medio, y nadie puede poner en duda su efectividad y eficacia. Además, dependiendo de lo que se quiera explicar, este medio será aún más útil. Si queremos explicar por ejemplo, el latido de un corazón, creo que no hay nada mejor que un vídeo docu

mental sobre esto. No olvidemos que una imagen vale más que mil palabras, y si a esa imagen se le añade una explicación oral, el resultado del aprendizaje valdrá el doble.

ANÁLISIS DE LA SEGUNDA REPRESENTACIÓN

En esta entrada voy a hacer un breve análisis sobre la segunda y última representación que hemos realizado en clase.

He de decir que, desde mi punto de vista, todos los alumnos interpretamos bien nuestro personaje. Esta es una actividad que nunca antes habíamos realizado pero, aunque creo que todos somos conscientes de que no salió perfecta, sí supimos adaptarnos a la situación e improvisar de forma muy compenetrada.

Cabe destacar el personaje del director, que, como es el de mayor importancia, fue el que mayor número de veces tuvo que intervenir. También considero importante el papel representado por las cuatro madres, que a pesar de tener que actuar de forma totalmente improvisada e inesperada, supieron hacerse rápido con su papel y representarlo de la manera adecuada. El resto de personajes (profesores, orientadores y miembro del ayuntamiento) también supimos muy bien adaptarnos a lo que la situación iba requiriendo y conforme se iba desarrollando la historia.

Como conclusión he de decir, como ya he dicho antes que, a pesar de que la actividad no ha sido perfecta, no cabe duda de que todos hemos puesto el mayor empeño posible y ha dado un buen resultado

martes, 15 de abril de 2008

DERECHOS HUMANOS


Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A del 10 de diciembre de 1948.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA

La Educación para la ciudadanía, que se incorpora con entidad propia en el currículo de esta etapa, sitúa la preocupación por promover una ciudadanía democrática como parte del conjunto de los objetivos y actividades educativas, en la misma línea en que lo hacen distintos organismos internacionales.

La Unión Europea incluye como objetivo de los sistemas educativos velar por que se promueva realmente, entre la comunidad escolar, el aprendizaje de los valores democráticos y de la participación democrática con el fin de preparar a las personas para la ciudadanía activa, en sintonía con la Recomendación (2002)12 del Consejo de Ministros del Consejo de Europa. Por otra parte, la Constitución española en su artículo 1.1 se refiere a los valores en que se debe sustentar la convivencia social que son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político y, en el artículo 14, establece la igualdad de todos ante la ley y rechaza cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Respecto a las obligaciones del Estado en la formación de todos los ciudadanos y ciudadanas en valores y virtudes cívicas que favorezcan la cohesión social, el artículo 27.2. dice que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad en el respeto a los principios democráticos de convivencia y los derechos y libertades fundamentales, que debe interpretarse según lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Estas recomendaciones internacionales y el mandato constitucional son los ejes que vertebran el currículo de esta materia. La acción educativa debe permitir a los jóvenes asumir de un modo crítico, reflexivo y progresivo el ejercicio de la libertad, de sus derechos y de sus deberes individuales y sociales en un clima de respeto hacia otras personas y otras posturas morales, políticas y religiosas diferentes de la propia. Además, la identificación de los deberes ciudadanos y la asunción y ejercicio de hábitos cívicos en el entorno escolar y social, permitirá que se inicien en la construcción de sociedades cohesionadas, libres, prósperas, equitativas y justas.

La Educación para la ciudadanía tiene como objetivo favorecer el desarrollo de personas libres e íntegras a través de la consolidación de la autoestima, la dignidad personal, la libertad y la responsabilidad y la formación de futuros ciudadanos con criterio propio, respetuosos, participativos y solidarios, que conozcan sus derechos, asuman sus deberes y desarrollen hábitos cívicos para que puedan ejercer la ciudadanía de forma eficaz y responsable. Esta nueva materia se propone que la juventud aprenda a convivir en una sociedad plural y globalizada en la que la ciudadanía, además de los aspectos civiles, políticos y sociales que ha ido incorporando en etapas históricas anteriores, incluya como referente la universalidad de los derechos humanos que, reconociendo las diferencias, procuran la cohesión social.

Para lograr estos objetivos se profundiza en los principios de ética personal y social y se incluyen, entre otros contenidos, los relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional, los derechos, deberes y libertades que garantizan los regímenes democráticos, las teorías éticas y los derechos humanos como referencia universal para la conducta humana, los relativos a la superación de conflictos, la igualdad entre hombres y mujeres, las características de las sociedades actuales, la tolerancia y la aceptación de las minorías y de las culturas diversas.Ahora bien, estos contenidos no se presentan de modo cerrado y definitivo, porque un elemento sustancial de la educación cívica es la reflexión encaminada a fortalecer la autonomía de alumnos y alumnas para analizar, valorar y decidir desde la confianza en sí mismos, contribuyendo a que construyan un pensamiento y un proyecto de vida propios.

En este sentido, es preciso desarrollar, junto a los conocimientos y la reflexión sobre los valores democráticos, los procedimientos y estrategias que favorezcan la sensibilización, toma de conciencia y adquisición de actitudes y virtudes cívicas. Para lograrlo, es imprescindible hacer de los centros y de las aulas de secundaria lugares modelo de convivencia, en los que se respeten las normas, se fomente la participación en la toma de decisiones de todos los implicados, se permita el ejercicio de los derechos y se asuman las responsabilidades y deberes individuales. Espacios, en definitiva, en los que se practique la participación, la aceptación de la pluralidad y la valoración de la diversidad que ayuden a los alumnos y alumnas a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas, plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos.

La Educación para la ciudadanía está configurada en esta etapa por dos materias: la Educación para la ciudadanía y los derechos humanos que se imparte en uno de los tres primeros cursos y la Educación ético-cívica de cuarto curso. Ambas materias se estructuran en varios bloques que van desde lo personal y lo más próximo a lo global y más general; en ambas existe un conjunto de contenidos comunes a estos bloques, que llevan a la adquisición de procedimientos, habilidades sociales y actitudes básicas para el desarrollo de una buena convivencia y de la ciudadanía democrática.

Así, es común a ambas materias partir de la reflexión sobre la persona y las relaciones interpersonales. También son comunes el conocimiento y la reflexión sobre los derechos humanos, desde la perspectiva de su carácter histórico, favoreciendo que el alumnado valore que no están garantizados por la existencia de una Declaración, sino que es posible su ampliación o su retroceso según el contexto. Finalmente, ambas materias comparten el estudio de las características y problemas fundamentales de las sociedades y del mundo global del siglo XXI. La Educación para la ciudadanía y los derechos humanos se plantea el conocimiento de la realidad desde el aprendizaje de lo social, centrándose la Educación ético-cívica en la reflexión ética que comienza en las relaciones afectivas con el entorno más próximo para contribuir, a través de los dilemas morales, a la construcción de una conciencia moral cívica.



Objetivos de la asignatura:

Reconocer la condición humana en su dimensión individual y social, aceptando la propia identidad, las características y experiencias personales respetando las diferencias con los otros y desarrollando la autoestima.

Desarrollar y expresar los sentimientos y las emociones, así como las habilidades comunicativas y sociales que permiten participar en actividades de grupo con actitud solidaria y tolerante, utilizando el diálogo y la mediación para abordar los conflictos.

Desarrollar la iniciativa personal asumiendo responsabilidades y practicar formas de convivencia y participación basadas en el respeto, la cooperación y el rechazo a la violencia a los estereotipos y prejuicios.

Conocer, asumir y valorar positivamente los derechos y obligaciones que se derivan de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Constitución Española, identificando los valores que los fundamentan, aceptándolos como criterios para valorar éticamente las conductas personales y colectivas y las realidades sociales.

Identificar la pluralidad de las sociedades actuales reconociendo la diversidad como enriquecedora de la convivencia y defender la igualdad de derechos y oportunidades de todas las personas, rechazando las situaciones de injusticia y las discriminaciones existentes por razón de sexo, origen, creencias, diferencias sociales, orientación afectivo-sexual o de cualquier otro tipo, como una vulneración de la dignidad humana y causa perturbadora de la convivencia.

Reconocer los derechos de las mujeres, valorar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos entre ellos y rechazar los estereotipos y prejuicios que supongan discriminación entre hombres y mujeres.

Conocer y apreciar los principios que fundamentan los sistemas democráticos y el funcionamiento del Estado español y de la Unión Europea, tomando conciencia del patrimonio común y de la diversidad social y cultural.

Conocer los fundamentos del modo de vida democrático y aprender a obrar de acuerdo con ellos en los diferentes ámbitos de convivencia. Asumir los deberes ciudadanos en el mantenimiento de los bienes comunes y el papel del Estado como garante de los servicios públicos.

Valorar la importancia de la participación en la vida política u otras formas de participación ciudadana, como la cooperación, el asociacionismo y el voluntariado.

Conocer las causas que provocan la violación de los derechos humanos, la pobreza y la desigualdad, así como la relación entre los conflictos armados y el subdesarrollo, valorar las acciones encaminadas a la consecución de la paz y la seguridad y la participación activa como medio para lograr un mundo más justo.

Reconocerse miembros de una ciudadanía global. Mostrar respeto crítico por las costumbres y modos de vida de poblaciones distintas a la propia y manifestar comportamientos solidarios con las personas y colectivos desfavorecidos.

Identificar y analizar las principales teorías éticas, reconocer los principales conflictos sociales y morales del mundo actual y desarrollar una actitud crítica ante los modelos que se trasmiten a través de los medios de comunicación.

Adquirir un pensamiento crítico, desarrollar un criterio propio y habilidades para defender sus posiciones en debates, a través de la argumentación documentada y razonada, así como valorar las razones y argumentos de los otros.